This post was contributed by a community member. The views expressed here are the author's own.

Health & Fitness

¿Cuál es la mejor opción: Arreglar por medio de mi esposa o mi madre que es ciudadana?

En su segmento "Pregúntale a la Abogada," Jessica Dominguez aclara los detalles que se deben considerar cuando se tiene más de una opción para arreglar por medio de una petición familiar

En su segmento “Pregúntale a la Abogada,” Jessica Dominguez aclara cuales son los detalles que se deben considerar cuando se tiene más de una opción para arreglar por medio de una petición familiar.

Esta semana escribe Eduardo desde Boston, Massachusetts y dice: “Mi esposa y mi madre son ciudadanas. Ingrese sin documentos a los Estados Unidos de la República Dominicana a los 13 años y ahora tengo 22.” Su pregunta es: ¿Cuál es la mejor opción:Arreglar por medio de mi esposa o mi madre quien es ciudadana?

Un detalle muy importante en el caso del señor Eduardo es el medio por cual su madre recibió la residencia. Si su madre recibió la residencia por una petición familiar basada en la 245(i), el también podría tener la protección de la 245(i). Por eso se debe de analizar este caso porque la 245(i) le permitiría recibir la residencia sin tener que salir del país.

Find out what's happening in Watsonvillewith free, real-time updates from Patch.

El boletín de visas de este mes indica que la fecha de prioridad para la primera categoría de la República Dominicana para un hijo mayor de 21 años de una madre ciudadana va en el 1 de Mayo del 2005. Esto significaría una espera de mas de 6 o 7 años antes de poder aplicar para su residencia legal si la madre de Eduardo aplica por el.

La petición por parte de su esposa es considerada por un familiar inmediato y no tendría que esperar que una fecha de prioridad este vigente como en el caso de su madre. 

Find out what's happening in Watsonvillewith free, real-time updates from Patch.

La esposa ciudadana de Eduardo también podría emigrarlo, pero si no tiene la protección de la 245(i) la única opción para aplicar seria por medio del proceso consular. Este proceso significa que Eduardo tendría que pedir un perdón al salir del país por haber vivido en los Estados Unidos por más de un año y le aplicaría elcastigo de los 10 años.

Si Eduardo no tiene la protección de la 245(i) es importante que preste atención a los anuncios del Servicio de Inmigración y Ciudadanía para estar al tanto de información sobre cambios al proceso para registrar perdones dentro del país ya que los anuncios indican que estos cambios se llevaran a cabo antes de terminar este año.

Les invito a registrar su pregunta a “Pregúntale a la Abogada” en http://jessicadominguez.com/  y escuchen su programa radial “Ángel de la Justicia” para más consejos cada viernes a las 7:30 de la mañana en su estación la 1020 AM.

Facebook: Abogada Jessica Dominguez

Twitter: AbogadaLatina

La información en esta columna tiene como único propósito brindar información general y no pretende ser una garantía, o predicción respecto al resultado de cualquier representación hecha por Jessica Domínguez. La información no se debe tomar como un consejo legal para algún individuo, caso o situación.

We’ve removed the ability to reply as we work to make improvements. Learn more here

The views expressed in this post are the author's own. Want to post on Patch?